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Requisitos para solicitar Visado Schengen de Negocios

Además de abarcar los visados para estadías cortas (menos de 90 días en un lapso de 6 meses) por motivos turísticos o de visita a familiares / amigos; el tratado Schengen también incluye una categoría de visado especial Schengen destinado para los que viajan con fines profesionales o de negocios.

La visa Schengen de negocios igualmente ha de ser solicitada en la misión o representación Consular local del país Schengen al que se planea viajar como destino principal o en su defecto en el que planea permanecer por más tiempo.

¿Qué es una visa Schengen de Negocios?

 

Es el visado gestionado mediante invitación de una empresa o autoridad con el motivo principal de asistir a reuniones, conferencias o acontecimientos relacionados con el comercio, la industria o el trabajo; incluidas ferias, congresos, etc.

Documentación necesaria para aplicar a un visado Schengen por motivos de negocio:

*Formulario de Solicitud de visado Schengen debidamente lleno y firmado ** ver instrucciones para llenar el formulario aquí

*Pasaporte vigente, (valido al menos por 6 meses contando desde la fecha de ingreso en el territorio Schengen). En caso de tener otra nacionalidad, se debe presentar además, el carnet de extranjería correspondiente.

*2 fotografías tamaño pasaporte. Hacer clic aquí para conocer los criterios y especificaciones que debe tener la foto que uses al solicitar visa.

*Copia o impresión de reserva aérea, ida y vuelta. (La mayoría de los consulados solo aceptan reservas de pasajes gestionados en líneas aéreas y/o agencias de viajes acreditadas por la Asociación Internacional de Transporte Aéreo IATA).

*Reserva (s) de alojamiento confirmado (s) y programa de viaje.

*Carta de invitación emitida por la empresa receptora en el territorio Schengen. En el caso de que la compañía que le invita se comprometa a asumir los gastos de viaje y alojamiento, la carta de invitación debe especificarlo. Además, si en los planes de viajes se encuentra la visita a empresas ubicadas en otros países Schengen, será necesario presentar también cartas de invitación de las mismas.

*Carta de presentación del empleador (Carta de Trabajo o Certificación Laboral) que detalle la posición desempeñada y el tiempo labor en la compañía. El documento debe especificar si la empresa asumirá los gastos de viaje y estadía del solicitante. Si este es el caso, adjunto incluir también: cartas de pago o los recibos por honorarios profesionales, movimientos de las cuentas bancarios, pagos de impuestos empresariales y de seguridad social, etc. de los últimos 3 meses.

*En el caso de autónomos o trabajadores independientes que poseen un negocio propio, presentar toda la documentación relativa a la legitimidad del negocio, incluyendo números de contribuyente, declaración jurada de ingresos de año anterior a la solicitud, impuestos pagados, pagos realizados a la seguridad social, etc. Toda la documentación suministrada debe comprender los últimos 3 meses de operación.

* Presentar un seguro medico de viaje internacional, válido por el tiempo que dure el viaje y emitido por una aseguradora con sucursal/representante en Europa. El seguro medico debe tener una cobertura mínima de 30,000 euros y no puede tener un deducible.

Notas importantes:

  • Todos los documentos deben ser presentados en originales y fotocopias.
  • El requisito de Cita previa varía según las políticas de misión consular a la que vayas a aplicar. Puedes confirmar llamando al consulado en cuestión o visitando directamente la pagina web de dicha institución.
  • La solicitud y tramitación del visado debe hacerse personalmente.
  • El pago de las tasas por gestión es de 60,00 Euros. Esta suma debe ser abonada en moneda local a la tasa cambiaria del día. Algunos consulados aceptan transferencias bancarias.
  • En caso de estar casado con un (a) ciudadano (a) de la comunidad europea, el visado, se estará exento (a) de pagar las tasa por concepto de trámite. (Presentar acta o partida de matrimonio y copia del pasaporte válido del cónyuge)
  • El tiempo de espera para la resolución de un visado puede variar entre 7 y 15 días hábiles, contando siempre a partir de la fecha en la que TODA la documentación ha sido recibida.
  • Si el personal consular lo considera necesario, puede consultar a las autoridades/instituciones correspondientes sobre la documentación presentada y/o solicitar documentos adicionales
  • En caso de que la solicitud de visado fuera denegada; no habrá lugar a devolución de este importe.


Imagen: qualityscotland.co.uk

Países que NO necesitan visado para entrar al Espacio Schengen

Lista de terceros países / estados cuyos nacionales están exentos de visado para entrar al espacio Schengen para estancias inferiores a 90 días por periodo de 180 días.

1. Estados

Antigua República Yugoslava de Macedonia (1)
Andorra
Emiratos Árabes Unidos (2)
Antigua y Barbuda
Albania (1)
Argentina
Australia
Bosnia y Herzegovina (1)
Barbados
Brunéi
Brasil
Bahamas
Canadá
Chile
Colombia
Costa Rica
Dominica (2)
Micronesia (2)
Granada (2)
Georgia (3)
Guatemala
Honduras
Israel
Japón
Kiribati (2)
San Cristóbal y Nieves
Corea del Sur
Santa Lucía (2)
Mónaco
Moldavia (4)
Montenegro (5)
Islas Marshall (6)
Mauricio
México
Malasia
Nicaragua
Nauru (6)
Nueva Zelanda
Panamá
Perú (6)
Palaos (6)
Paraguay
Serbia [excluidos los titulares de pasaportes serbios expedidos por la Dirección de coordinación serbia (en serbio: Koordinaciona uprava)] (5)
Islas Salomón
Seychelles
Singapur
San Marino
El Salvador
Timor oriental (6)
Tonga (6)
Trinidad y Tobago
Tuvalu (6)
Ucrania (7)
Estados Unidos
Uruguay
Santa Sede
San Vicente y las Granadinas (6)
Venezuela
Vanuatu (6)
Samoa

2. REGIONES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES DE LA REPÚBLICA POPULAR CHINA

RAE de Hong Kong (8)
RAE de Macao (9)

3. CIUDADANOS BRITÁNICOS QUE NO TIENEN LA CONDICIÓN DE NACIONALES DEL REINO UNIDO DE GRAN BRETAÑA E IRLANDA DEL NORTE EN VIRTUD DEL DERECHO DE LA UNIÓN

Ciudadanos británicos [British nationals (Overseas)]
Ciudadanos de los territorios británicos de ultramar [British overseas territories citizens (BOTC)]
Ciudadanos británicos de ultramar [British overseas citizens (BOC)]
Personas británicas protegidas [British protected persons (BPP)]
Sujetos británicos [British subjects (BS)]

4. ENTIDADES Y AUTORIDADES TERRITORIALES NO RECONOCIDAS COMO ESTADOS POR AL MENOS UN ESTADO MIEMBRO

Taiwán (10)
(1) La exención de la obligación de visado únicamente se aplica a los titulares de pasaportes biométricos.
(2) La exención de la obligación de visado se aplicará a partir de la fecha de entrada en vigor de un acuerdo de exención de visado que deberá celebrase con la Unión Europea.
(3) La exención de la obligación de visado solo se aplicará a los titulares de pasaportes biométricos expedidos por Georgia de conformidad con las normas de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI).
(4) La exención de la obligación de visado solo se aplicará a los titulares de pasaportes biométricos expedidos por Moldavia de conformidad con las normas de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI).
(5) La exención de la obligación de visado únicamente se aplica a los titulares de pasaportes biométricos.
(6) La exención de la obligación de visado se aplicará a partir de la fecha de entrada en vigor de un acuerdo de exención de visado que deberá celebrase con la Unión Europea.
(7) La exención de la obligación de visado solo se aplicará a los titulares de pasaportes biométricos expedidos por Ucrania de conformidad con las normas de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI).
(8) La exención de la obligación de visado únicamente se aplica a los poseedores del pasaporte «Hong Kong Special Administrative Region».
(9) La exención de la obligación de visado únicamente se aplica a los poseedores del pasaporte «Região Administrativa Especial de Macau».
(10) La exención de la obligación de visado para entrar en la Unión Europea se aplicará únicamente a aquellas personas que sean titulares de un pasaporte expedido por Taiwán que contenga un número de documento de identidad.

**Importante: Listas actualizadas el 14 de noviembre de 2018.

Fuente: Ministerio de Asuntos Consulares Exteriores y de Cooperación MAEC