Lista de terceros países / estados cuyos nacionales están exentos de visado para entrar al espacio Schengen para estancias inferiores a 90 días por periodo de 180 días.
1. Estados
Antigua República Yugoslava de Macedonia (1)
Andorra
Emiratos Árabes Unidos (2)
Antigua y Barbuda
Albania (1)
Argentina
Australia
Bosnia y Herzegovina (1)
Barbados
Brunéi
Brasil
Bahamas
Canadá
Chile
Colombia
Costa Rica
Dominica (2)
Micronesia (2)
Granada (2)
Georgia (3)
Guatemala
Honduras
Israel
Japón
Kiribati (2)
San Cristóbal y Nieves
Corea del Sur
Santa Lucía (2)
Mónaco
Moldavia (4)
Montenegro (5)
Islas Marshall (6)
Mauricio
México
Malasia
Nicaragua
Nauru (6)
Nueva Zelanda
Panamá
Perú (6)
Palaos (6)
Paraguay
Serbia [excluidos los titulares de pasaportes serbios expedidos por la Dirección de coordinación serbia (en serbio: Koordinaciona uprava)] (5)
Islas Salomón
Seychelles
Singapur
San Marino
El Salvador
Timor oriental (6)
Tonga (6)
Trinidad y Tobago
Tuvalu (6)
Ucrania (7)
Estados Unidos
Uruguay
Santa Sede
San Vicente y las Granadinas (6)
Venezuela
Vanuatu (6)
Samoa
2. REGIONES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES DE LA REPÚBLICA POPULAR CHINA
RAE de Hong Kong (8)
RAE de Macao (9)
3. CIUDADANOS BRITÁNICOS QUE NO TIENEN LA CONDICIÓN DE NACIONALES DEL REINO UNIDO DE GRAN BRETAÑA E IRLANDA DEL NORTE EN VIRTUD DEL DERECHO DE LA UNIÓN
Ciudadanos británicos [British nationals (Overseas)]
Ciudadanos de los territorios británicos de ultramar [British overseas territories citizens (BOTC)]
Ciudadanos británicos de ultramar [British overseas citizens (BOC)]
Personas británicas protegidas [British protected persons (BPP)]
Sujetos británicos [British subjects (BS)]
4. ENTIDADES Y AUTORIDADES TERRITORIALES NO RECONOCIDAS COMO ESTADOS POR AL MENOS UN ESTADO MIEMBRO
Taiwán (10)
(1) La exención de la obligación de visado únicamente se aplica a los titulares de pasaportes biométricos.
(2) La exención de la obligación de visado se aplicará a partir de la fecha de entrada en vigor de un acuerdo de exención de visado que deberá celebrase con la Unión Europea.
(3) La exención de la obligación de visado solo se aplicará a los titulares de pasaportes biométricos expedidos por Georgia de conformidad con las normas de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI).
(4) La exención de la obligación de visado solo se aplicará a los titulares de pasaportes biométricos expedidos por Moldavia de conformidad con las normas de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI).
(5) La exención de la obligación de visado únicamente se aplica a los titulares de pasaportes biométricos.
(6) La exención de la obligación de visado se aplicará a partir de la fecha de entrada en vigor de un acuerdo de exención de visado que deberá celebrase con la Unión Europea.
(7) La exención de la obligación de visado solo se aplicará a los titulares de pasaportes biométricos expedidos por Ucrania de conformidad con las normas de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI).
(8) La exención de la obligación de visado únicamente se aplica a los poseedores del pasaporte «Hong Kong Special Administrative Region».
(9) La exención de la obligación de visado únicamente se aplica a los poseedores del pasaporte «Região Administrativa Especial de Macau».
(10) La exención de la obligación de visado para entrar en la Unión Europea se aplicará únicamente a aquellas personas que sean titulares de un pasaporte expedido por Taiwán que contenga un número de documento de identidad.
**Importante: Listas actualizadas el 14 de noviembre de 2018.
Fuente: Ministerio de Asuntos Consulares Exteriores y de Cooperación MAEC